EDIFICIOS QUE DEBAN PASAR LA ITE
Un edificio debe de pasar la ITE cuando se cumplan 30 años
de su construcción, y después de esta primera inspección,
cada 10 años. Así pues:
Los edificios construidos entre 1953 y 1958, durante el año
2004.
Los edificios construidos entre 1959 y 1961, durante el año
2005.
Los edificios construidos entre 1962 y 1965, durante el año
2006.
Los edificios construidos entre 1966 y 1969, durante el año
2007.
Los edificios construidos entre 1970 y 1974, durante el año
2008.
Los edificios construidos entre 1975 y 1979, durante el año
2009.
Los edificios construidos en 1980, durante el año 2010.
Durante el año 2011 y siguientes, estarán obligados
a efectuar la primera inspección técnica dentro del
año siguiente a aquel en que cumplan 30 años desde
la fecha de terminación.
Enlace de información acerca de AYUDAS
y subvenciones para la ITE
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